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Vida


Este seguro de vida ampliado cubre las principales incidencias que pueda sufrir un cabeza de familia: fallecimiento, invalidez, incapacidad profesional, hospitalización.

Los beneficiarios cobran el capital acordado, pudiendo duplicarse o triplicarse según las circunstancias.

El coste para usted es realmente bajo comparado con la tranquilidad que le proporciona este producto.

Esta pensado para personas con obligaciones familiares de hijos o cónyuges, hipotecas, negocios etc.


Garantías y sumas aseguradas

Accidente de circulación
Prestación extraordinaria para menores de edad. Si a consecuencia de un accidente de circulación falleciera el asegurado y su cónyuge, dejando como beneficiarios hijos menores de 18 años, o mayores de edad discapacitados, se les indemnizará con el doble del capital.

Cobertura efecto duplo
Seguro complementario para su pareja. De esta forma, el cónyuge estará asegurado gratuitamente por el mismo capital, hasta que los hijos cumplieran 18 años. Y si, durante este periodo, esta persona falleciera, los hijos recibirían un capital adicional igual al asegurado.

Invalidez por cualquier causa
Anticipo del capital de fallecimiento y/o pago de una renta.

Incapacidad profesional
Pago de una renta y/o liberación del pago de primas.

Muerte e invalidez por accidente
Suma asegurada

Muerte e invalidez por accidente de circulación
Suma asegurada.

Enfermedad grave
Pago de capital por diagnóstico de enfermedad grave (cáncer, infarto, embolia, accidente cerebro vascular, trasplante de órganos mayores).

Subsidio diario de hospitalización
A partir del quinto día y como máximo 90 días.

Asistencia Vida 24 horas
Asistencia al beneficiario: nos encargamos de obtener los certificados oportunos de los Registros Civiles y les ayudamos a realizar todos los trámites necesarios.

Información jurídica
Un equipo de abogados a su disposición que le informará de cualquier aspecto legal: derecho de sucesión, testamento…

Los seguros de vida se pueden dividir en:

Seguro de Vida Ahorro
También denominados Seguro de Jubilación .

La entidad aseguradora garantiza el pago de la prestación pactada en caso de que el Asegurado viva al vencimiento de la póliza , que normalmente se fija por el año en que el Asegurado cumpla una determinada edad

La prestación se establece en forma de Capital o de Renta , si bien la contratación habitual es la de Capital Asegurado con opción a Renta, es decir, lo que se establece en el contrato es el importe del capital , pero llegado el momento el Asegurado puede optar por convertirlo en una Renta Vitalicia .

Este tipo de seguros tiene una componente muy importante financiera, pues las aportaciones son un dinero "propiedad del Asegurado, depositado en la entidad aseguradora". Por ello, tienen algunas peculiaridades importantes, como son:

Participación en Beneficios
La prestación garantizada se calcula en base a un tipo de interés técnico, que actualmente está en torno al 4%, pues estamos hablando de operaciones a largo plazo. Pero dicha prestación se incrementa anualmente con un Bono de Participación en Beneficios, de manera que el 90% de los rendimientos obtenidos por la inversión de las aportaciones revierte al Asegurado

Valores Garantizados
Son derechos del Tomador del seguro s de esta póliza, con los cuales se contemplan tres posibles situaciones en las que puede encontrarse una persona que está haciendo un plan de ahorro a largo plazo:

Rescate
Una vez transcurridas dos anualidades completas, el Tomador puede rescindir la póliza con derecho de rescate, por el cual la entidad aseguradora le abonará el valor del rescate establecido para ese momento. Durante los primeros años de seguro este valor no alcanza la cuantía de las aportaciones efectuadas, pues hay que entender estas operaciones como planes a largo plazo.

Reducción
En el caso de que el Tomador no pueda hacer frente al pago de primas, pero no desee rescatar la póliza, puede dejarla reducida, de manera que el acumulado hasta el momento se mantenga en la entidad aseguradora para obtener un capital garantizado al final del plazo, si bien será inferior al que hubiese obtenido de continuar con las aportaciones.

Anticipo
Durante la vigencia de la póliza, el Tomador puede solicitar a la entidad aseguradora un préstamo en condiciones menos gravosas que las de una entidad financiera, de tal forma que si al vencimiento de la póliza el anticipo no hubiera sido retornado se deduciría de la prestación.

En este tipo de pólizas es frecuente incluir una garantía de reembolso de primas en caso de fallecimiento del Asegurado

Seguro de Vida Riesgo
También conocido como Seguro de Vida, el cual la entidad Aseguradora se compromete a pagar el capital asegurado designados en la póliza en caso de fallecimiento del asegurado.

Lo normal es incluir en la póliza una prestación equivalente pagadera en caso de Invalidez Permanente del asegurado , que en este caso sería también el beneficiario. Hay tres tipos de pólizas de vida:

Renovable
Póliza anual, pero renovable automáticamente por anualidades consecutivas, en la que cada año se recalcula la prima en función de la edad del Asegurado.

Temporal
La duración del contrato se fija inicialmente, lo cual establece una prima nivelada para todo el periodo. Al vencimiento de la póliza no se produce la renovación como en el caso anterior, de manera que de querer continuar se deberá hacer póliza nueva y calcular la prima correspondiente a la edad del Asegurado, por lo que este tipo de pólizas es conveniente en la medida que se ajuste bien el plazo de vigencia a las necesidades de cobertura

Seguro de Vida Entera
Como su propio nombre indica, este seguro no tiene una temporalidad prefijada, sino que son pólizas cuya vigencia será siempre "mientras viva el Asegurado".

La finalidad del seguro de vida es la cobertura a la familia. Actualmente se ha extendido mucho una modalidad de contratación denominada Seguro de Amortización, un seguro de vida vinculado a un préstamo, por el cual la entidad aseguradora se compromete a abonar a la entidad prestataria el capital pendiente de amortizar en caso de fallecimiento del Asegurado, de tal forma que éste no grave a los herederos.

Con el nuevo Seguro de Vida ponemos al alcance de todo el mundo el privilegio de vivir tranquilo. Por muy poco dinero, y ante una fatalidad, su familia recibirá la cantidad necesaria para que sus hijos puedan continuar sus estudios, su pareja pueda acabar de pagar la hipoteca

Garantías y sumas aseguradas

Fallecimiento por cualquier causa
Orfandad total por el mismo accidente
Renta por enfermedad grave
Prórroga de renta por enfermedad crítica
Gastos de sepelio
Gastos de testamentaria e Impuesto Derechos Reales
Invalidez absoluta y permanente
Enfermedad grave
Fallecimiento por accidente
Fallecimiento por accidente de circulación
Invalidez absoluta y permanente por accidente
Invalidez absoluta y permanente por accidente de circulación
Servicio Orientación Médica
Servicio de Segunda Opinión Médica

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